España elimina penalización del ‘impuesto a millonarios’ para no residentes: Entérate de los cambios.

Foto del autor

Por Alberto Ramos

Modificaciones en la fiscalidad de grandes fortunas en España

El Ministerio de Hacienda de España está trabajando en una modificación referente al denominado «impuesto sobre grandes fortunas», lo que permitirá que los extranjeros adinerados se beneficien de un límite en el blindaje fiscal para evitar pagos excesivos.

Esta actualización sigue a una decisión judicial de diciembre que aplicó este blindaje a los extranjeros que pagan el impuesto sobre el patrimonio en España.

A pesar de que la prensa española ha descrito la reforma como un detalle menor, esta cambiará fundamentalmente una discriminación fiscal que afectaba a los contribuyentes no residentes en España.

Sistema fiscal español y el impuesto sobre grandes fortunas

En el sistema tributario español, existe un impuesto estándar sobre el patrimonio que se aplica sobre el valor neto de los bienes y, en los últimos años, el gobierno español también ha instaurado el impuesto de solidaridad sobre grandes fortunas, dirigido a los activos de los millonarios.

Este impuesto es frecuentemente mencionado en los medios como el «impuesto a los millonarios».

Recientemente, la Tesorería española publicó un borrador de orden ministerial que modifica el formulario de declaración del impuesto sobre grandes fortunas, un tributo que afecta a los contribuyentes con activos superiores a 3 millones de euros y que fue introducido originalmente para complementar el impuesto sobre el patrimonio.

Este impuesto, desde su introducción, se ha gestionado bajo el marco ya existente del impuesto sobre el patrimonio en España en cuanto a los límites de la carga fiscal total, un mecanismo que actúa como un techo para evitar que la carga tributaria sea excesiva en relación con los ingresos, y que anteriormente solo se aplicaba a los residentes.

Recientemente, un tribunal español dictaminó que excluir a los no residentes que pagan el impuesto sobre el patrimonio era discriminatorio, lo que obligó a las autoridades a modificar la normativa.

El gobierno ahora tiene la intención de hacer lo mismo con el impuesto sobre grandes fortunas.

El objetivo de esta enmienda es alinear el impuesto sobre grandes fortunas con los criterios establecidos por el Tribunal Supremo para el impuesto sobre el patrimonio, bajo el cual consideró que la diferencia de trato que permite a los contribuyentes residentes en España aplicar el límite de la carga tributaria total (donde la suma del impuesto sobre la renta y el impuesto sobre el patrimonio no puede exceder el 60 por ciento de la base imponible) era «discriminatoria» e injustificada, pero no para los no residentes.

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) de España ha dictaminado que tanto los contribuyentes sujetos al impuesto sobre grandes fortunas por obligación personal, es decir, los residentes en España, como por obligación real (no residentes) pueden aplicar el límite de la carga tributaria total.

A partir de ahora, tanto los contribuyentes obligados por una base personal, como los residentes, como aquellos obligados por una base real, como aquellos que solo poseen activos y derechos dentro de España, podrán beneficiarse del umbral en sus evaluaciones fiscales, tanto para el impuesto sobre el patrimonio como para el impuesto sobre grandes fortunas.

Artículos similares

Califica este artículo

Deja un comentario

Share to...